DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se expide la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Relaciones Exteriores


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Abril-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Abril-2010
- Relaciones Exteriores

Fecha de dictamen:
13-Abril-2010

Aprobación en el Senado:
29-Abril-2010

Reglamentar la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo el régimen jurídico de la cooperación internacional para el desarrollo en lo concerniente a la programación, promoción, concertación, fomento, coordinación y ejecución de acciones y programas entre los Estados Unidos Mexicanos y los gobiernos de otros países, organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales y en general de todas aquellas instituciones, organizaciones, fundaciones o asociaciones sin fines de lucro, públicas o privadas, con las que se establezcan y realicen actividades de cooperación internacional para la transferencia, recepción e intercambio de conocimientos y experiencias, educativas, culturales, técnicas, científicas, económicas y financieras. Asimismo, crear la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Relaciones Exteriores, cuya dirección y administración corresponderá a un Consejo Consultivo y a un Director Ejecutivo. 1. Iniciativa presentada por la Sen. Rosario Green Macías (PRI) en la Cámara de Senadores el 8 de marzo de 2007. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 107 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2010. Aprobado por 369 votos en pro y 4 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores; y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen de primera lectura con dispensa de la segunda lectura presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Aprobado por 69 votos en pro, 18 en contra y 2 abstenciones.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10.Observaciones del Ejecutivo al Proyecto de Decreto aprobado recibidas en la Cámara de Senadores el 2 de septiembre de 2010.

11. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2010. Aprobado por 99 votos y 3 abstenciones.

12. Pasó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso c) del artículo 72 de la CPEUM.

13. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2010. Se turnó a la Comisión de Relaciones Exteriores.

14. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 253 votos en pro y 37 en contra.

15. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

16. Publicado en el D.O.F. el 6 de abril de 2011.
2   Decreto que expide la Ley Federal del Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y reforma los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II del Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Abril-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2010
- Gobernación

Fecha de dictamen:
13-Abril-2010

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2010

Publicación en el DOF:
5-Julio-2010
Proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas. El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos será el encargado de difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales en la sociedad mexicana. 1. Iniciativas consideradas en el presente dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. David Hernández Pérez (PRI) el 23 de febrero de 2006. (LIX)

b) Iniciativa presentada por la Dip. Sheyla Fabiola Aragón Cortés (PAN) el 22 de marzo de 2006. (LIX)

c) Iniciativa presentada por el Dip. Luis Gustavo Parra Noriega (PAN) el 4 de noviembre de 2008. (LX)

d) Iniciativa presentada por el Dip. Adolfo Mota Hernández (PRI) el 11 de diciembre de 2008. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2010. Aprobado por 335 votos en pro, 3 en contra y 5 abstenciones.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación; y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2010. Aprobado por 85 votos en pro.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 5 de julio de 2010.
3   Decreto por el que se expide la Ley que Crea la Agencia Espacial Mexicana.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Abril-2010
- Ciencia y Tecnología
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
20-Abril-2010

Publicación en el DOF:
30-Julio-2010

Crear la Agencia Espacial Mexicana (AEXA) como organismo público descentralizado y parte del sector coordinado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Precisar que su domicilio legal será la República Mexicana y que tendrá como función principal, formular las líneas generales de la Política Espacial de México así como el Programa Nacional de Actividades Espaciales. Promover el desarrollo de los sistemas espaciales y los medios, tecnología e infraestructura para la consolidación y autonomía de este sector en el país. Asimismo, establecer las áreas prioritarias de atención en la investigación espacial en México. Precisar lo relativo a la integración y financiamiento de sus unidades administrativas y órganos de control y gobierno. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Moisés Jiménez Sánchez (PRI) el 25 de octubre de 2005. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2006. Aprobado por 225 votos en pro, 83 en contra y 6 abstenciones. (LIX)

3. Se turnó a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LIX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. (LIX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 4 de noviembre de 2008. Aprobado por 85 votos en pro. (LX)

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de noviembre de 2008. Se turnó a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología y de Presupuesto y Cuenta Pública. (LX)

8. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 20 de abril de 2010. Aprobado por 280 votos en pro, 2 en contra y 4 abstenciones.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 30 de julio de 2010.
4   Decreto por el que se expide la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Abril-2011
- Gobernación

Fecha de dictamen:
29-Abril-2010

Aprobación en el Senado:
29-Abril-2011

Crear un ordenamiento que establezca las bases para la planeación, formulación, implementación y evaluación de políticas públicas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como para la articulación, coordinación y ejecución de programas, proyectos y acciones con el fin de combatir las causas y factores que confluyen en la comisión de delitos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño (PRI) el 8 de octubre de 2009.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) el 10 de diciembre de 2009.

2. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 378 votos, 18 en contra y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de septiembre de 2011.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 291 votos en pro, 4 en contra y 1 abstención.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 24 de enero de 2012.
5   Decreto que expide la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
7-Octubre-2010
- Trabajo y Previsión Social
- Salud

Fecha de dictamen:
29-Abril-2010

Aprobación en el Senado:
7-Octubre-2010

Publicación en el DOF:
17-Enero-2011
Reglamentar el artículo 4 constitucional, para promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir las enfermedades vinculadas con la alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional. Consta de cuatro títulos y 26 artículos. El Título Primero agrupa las disposiciones generales, el Título Segundo se refiere a las modalidades bajo las cuales podrá otorgarse la ayuda alimentaria, el Título Tercero integra las disposiciones en materia de evaluación, seguimiento y vigilancia; y el Título Cuarto establece las sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en dicha Ley. Contempla el otorgamiento de diversos beneficios de índole fiscal. 1. Iniciativa presentada por los Sens. María de los Ángeles Moreno Uriegas, Carlos Aceves del Olmo, José Eduardo Calzada Rovirosa, Ricardo Pacheco Rodríguez, Heladio Ramíre3z López y Fernando Eutimio Ortega Bernés (PRI) el 13 de noviembre de 2007.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2009. Aprobado. (LX)

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 3 de septiembre de 2009.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Aprobado por 344 votos en pro, 2 en contra y 12 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; de Hacienda y Crédito Público; de Salud; y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 17 de enero de 2011.